Artículo 731 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 731.- El incidente de acumulación suspende la substanciación de los juicios a que se refiere, hasta que recaiga resolución ejecutoriada, sin perjuicio de que se practiquen las diligencias precautorias o urgentes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.