Código Civil estatal

Artículo 881 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala

Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 881.- La petición de deslinde debe contener:

I.- El nombre y la posición de la finca que debe deslindarse;

II.- El lugar o los lugares donde el acto deba ejecutarse;

III.- Los nombres de los colindantes que puedan tener interés en el deslinde;

IV.- El sitio donde estén y donde deban colocarse las señales; y si éstas no existen el lugar donde estuvieron.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 881 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala?

La petición de deslinde debe contener: I.- El nombre y la posición de la finca que debe deslindarse; II.- El lugar o los lugares donde el acto deba ejecutarse; III.- Los nombres de los colindantes que puedan tener…

¿Está vigente el artículo 881?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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