Artículo 892 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 892.- La sentencia, en el juicio a que se refiere el artículo anterior, decidirá además los puntos sobre los que hubiere habido oposición de las partes, los cuales, mientras tanto, no quedarán deslindados ni se fijarán en ellos señal alguna.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.