Artículo 15 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios)
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 15. Las acciones duran lo que la obligación que representan, salvo los casos en que la ley señale distinto plazo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.