Artículo 354 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando no se acredite la capacidad económica del deudor alimentista, en atención a las circunstancias especiales del caso, la pensión alimenticia se fijará en salarios mínimos, sin que pueda ser inferior a uno.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.