Código de Proc. Familiares estatal

Artículo 533 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila

Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El escrito de solicitud de declaración de estado de interdicción, debe contener lo siguiente:

I. El nombre, edad, domicilio, estado civil y residencia actual del presunto incapaz.

II. El nombre, domicilio del cónyuge, concubina, concubinario o parientes en línea recta o colateral hasta el cuarto grado, de entre quienes el solicitante hace la propuesta de tutor interino.

III. Los hechos que motivan la petición.

IV. El certificado o certificados relativos al diagnóstico y pronóstico de la enfermedad que se le atribuye, formulados por el facultativo que lo asista o por un médico de una institución oficial.

V. La descripción, en su caso, de los bienes conocidos como propiedad de la persona y que deben ser sometidos a la vigilancia judicial.

VI. La especificación del parentesco o vínculo que une al solicitante con la persona de cuya declaración de estado de interdicción se trate.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 533 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila?

El escrito de solicitud de declaración de estado de interdicción, debe contener lo siguiente: I. El nombre, edad, domicilio, estado civil y residencia actual del presunto incapaz. II. El nombre, domicilio del cónyuge,…

¿Está vigente el artículo 533?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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