Artículo 56 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las declaraciones por escrito o por comparecencia ante el juez, se deben rendir bajo protesta de decir verdad y con apercibimiento de la pena que corresponde a quien cometa el delito de falsedad ante autoridad judicial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.