Artículo 407 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Admitida la demanda con los documentos y copias necesarias, se correrá traslado de ella al otro consorte, emplazándola para que la conteste dentro de nueve días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.