Código Civil estatal

Artículo 157 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa

Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 157. Entre tanto que una parte no haga nueva designación del domicilio donde se practiquen las diligencias y se hagan las notificaciones, seguirán haciéndose en el que para ello ha designado. En caso de no existir dicho domicilio o que el mismo se encuentre desocupado, o dé negativa para recibirlas en el señalado, le surtirán efectos, y las diligencias en que deberán tener intervención, se practicarán en el local del juzgado sin su presencia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 157 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 157 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa?

Entre tanto que una parte no haga nueva designación del domicilio donde se practiquen las diligencias y se hagan las notificaciones, seguirán haciéndose en el que para ello ha designado. En caso de no existir dicho…

¿Está vigente el artículo 157?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.