Artículo 619 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 619. Si sobre el nombramiento de un tutor se empeñare cuestión, se sustanciará ésta en la vía sumaria y en el pleito que se siga representará a la persona menor un tutor interino, que el juez nombrará para este solo efecto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.