Artículo 473 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 473.Los efectos de la presentación de la demanda son:
I. Señalar el inicio de la instancia, y II. Determinar las prestaciones exigidas.
Efectos de la admisión de la demanda
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.