Artículo 132 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Supuestos de procedencia Se tramitarán conforme a las reglas de esta sección las diferencias que surjan entre cónyuges, concubinos o compañeros civiles, o entre los integrantes de una misma familia respecto de:
I. El establecimiento y modificación del domicilio común.
II. El manejo del hogar, la formación y educación de los hijos o hijas y la administración de los bienes que a éstos pertenezcan.
III. La oposición para que alguno desempeñe una actividad que pueda dañar la moral o la estructura de la familia.
IV. La administración de los bienes comunes afectos a la familia.
V. Los demás asuntos relativos a cuestiones familiares entre sus miembros.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.