Artículo 198 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Requisitos de la demanda en este procedimiento La demanda reunirá los siguientes requisitos:
I. Nombre, edad, domicilio, estado civil y actual residencia de la persona que requiere de asistencia o representación para el ejercicio de su capacidad jurídica.
II. Nombre, domicilio del cónyuge o parientes dentro del cuarto grado y, en su caso, del tutor o tutriz de dicha persona.
III. Los hechos que den motivo a la demanda.
IV. Diagnóstico y pronóstico de la enfermedad, formulados por el facultativo que atienda a las personas mayores de edad que requieren de asistencia o representación para el ejercicio de su capacidad jurídica, acompañando el certificado o certificados relativos.
V. Relación de los bienes propiedad de la persona y que deben ser sometidos a la vigilancia judicial.
VI. Especificación del parentesco o vínculo que une al demandante con el demandado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.