Código de Proc. Familiares estatal

Artículo 199 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas

Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Personas con Síndrome de Down Para el caso de personas con Síndrome de Down, y a fin de llenar el requisito previsto en la fracción IV del artículo que antecede, se requerirá únicamente la exhibición del examen de genética denominado cariotipo, a fin de acreditar la existencia de la trisomía veintiuno.

Este examen podrá ser realizado por cualquier institución médica autorizada para practicar la prueba.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 199 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas?

Personas con Síndrome de Down Para el caso de personas con Síndrome de Down, y a fin de llenar el requisito previsto en la fracción IV del artículo que antecede, se requerirá únicamente la exhibición del examen de…

¿Está vigente el artículo 199?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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