Código Civil estatal

Artículo 113 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 113. Plazo para apelar la definitiva En los juicios de patria potestad, el plazo para la interposición del recurso de apelación contra la sentencia definitiva será de quince días, aun cuando el emplazamiento haya sido practicado por edictos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 113 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza?

Plazo para apelar la definitiva En los juicios de patria potestad, el plazo para la interposición del recurso de apelación contra la sentencia definitiva será de quince días, aun cuando el emplazamiento haya sido…

¿Está vigente el artículo 113?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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