Artículo 259 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 259. Improcedencia de caución y de legalización de firmas Durante el trámite de este procedimiento no se exigirá caución, garantía o depósito alguno a los que reclamen perturbación de sus derechos de custodia.
Tampoco se exigirá legalización de firmas ni formalidades análogas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.