Artículo 269 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 269. Alegatos y manifestaciones En la misma audiencia la o el juez oirá los alegatos y manifestaciones que expresen las partes, el Ministerio Público, la Procuraduría para Niños, Niñas y la Familia, y, en su caso, el niño o niña.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.