Artículo 69 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 69. Citación para audiencia preparatoria Desahogadas las vistas que se hayan mandado dar conforme al artículo anterior y, en su caso, las correspondientes a las dilatorias opuestas, o transcurrido el término para ello, la o el juez citará personalmente a las partes para la audiencia preparatoria a celebrarse dentro del plazo de diez días siguientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.