Artículo 278 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 278.- Procede la vía de apremio a instancia de parte siempre que se trate de la ejecución de una sentencia o de un convenio celebrado en juicio, ya sea por las partes o por terceros que hayan venido al juicio por cualquier motivo o convenio celebrado en el Centro Estatal de Justicia Alternativa del Poder Judicial y sus sedes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.