Artículo 364 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 364.- Éste Código prevé los siguientes recursos:
I.- Revocación y reposición;
II.- Apelación;
III.- Apelación extraordinaria; y IV.- Queja.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.