Artículo 38 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 38.- Las actuaciones judiciales y los ocursos deberán escribirse en español, los documentos redactados en idioma extranjero, deberán acompañarse con la correspondiente traducción que será hecha por peritos en la materia, las fechas y cantidades se escribirán con número y letra.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.