Artículo 172 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Este mandamiento se hará con la debida anterioridad, a fin de que sean citadas las personas que deban concurrir a la diligencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.