Artículo 33 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando en la instrucción de un proceso se encontrare que el hecho tiene ramificaciones, o que se instruyen otros con los que aquél tiene conexión, se dará conocimiento de ello al Ministerio Público para que promueva lo que corresponda.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.