Artículo 350 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las conclusiones de la defensa pueden libremente retirarse y modificarse por ésta en cualquier tiempo, antes de que se declare visto el proceso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.