Artículo 408 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El tribunal, para resolver, podrá solicitar testimonio de las constancias que estime necesarias, y que obren en el proceso que motive la competencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.