Artículo 452 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los secretarios son irrecusables, pero deberán excusarse por las mismas causas señaladas en el artículo 458.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.