Código de Proc. Penales estatal

Artículo 517 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche

Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Gobernador del Estado, los Diputados al Congreso Local, los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, el Secretario General de Gobierno, el Procurador General de Justicia, el Tesorero General del Estado y el Presidente, Regidores y Síndicos de los Ayuntamientos, pueden ser acusados y juzgados por los delitos oficiales o comunes que cometieren durante su encargo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 517 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche?

El Gobernador del Estado, los Diputados al Congreso Local, los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, el Secretario General de Gobierno, el Procurador General de Justicia, el Tesorero General del Estado y el…

¿Está vigente el artículo 517?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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