Artículo 524 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Luego que el Tribunal Superior reciba del Congreso el proceso en que se hubiere pronunciado el veredicto de culpabilidad, convocará oficialmente, señalando día y hora, a los Magistrados Suplentes y al Procurador General de Justicia, transcribiéndoles el auto en que se mande erigir en Jurado de Sentencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.