Código de Proc. Penales estatal

Artículo 533 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche

Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si la sentencia fuere condenatoria, el funcionario condenado quedará removido de su cargo, comunicándose el fallo al Ejecutivo del Estado y demás autoridades correspondientes, para los efectos legales que procedan.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 533 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche?

Si la sentencia fuere condenatoria, el funcionario condenado quedará removido de su cargo, comunicándose el fallo al Ejecutivo del Estado y demás autoridades correspondientes, para los efectos legales que procedan.

¿Está vigente el artículo 533?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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