Artículo 187 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 187.- Si al ir a practicar el cateo se encuentran la finca o el lugar cerrados y las personas que los ocupan no están en ellos o se niegan a abrir, desobedeciendo la orden judicial, se hará uso de la fuerza material para introducirse en la casa o lugar o abrir los muebles dentro de los cuales se presuma que pueda estar la persona u objeto que se busca.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.