Artículo 253 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 253.- Para la compulsa de los documentos existentes fuera del lugar en que se sigue el proceso, se observará lo que previene el artículo 43.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.