Artículo 255 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 255.- Cuando el Ministerio Público estime que pueden encontrarse pruebas del delito en la correspondencia que se dirija al indiciado, pedirá al juez, y éste ordenará, que se recoja dicha correspondencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.