Artículo 401 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 401.- El juez dentro de tres días decidirá estableciendo o negando su competencia. La resolución negativa es apelable.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.