Código Penal estatal

Artículo 52 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche

Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 52.- Los exhortos que se reciban, se proveerán dentro de las veinticuatro horas siguientes a su recepción, y se despacharán dentro de tres días, a no ser que las diligencias que se hayan de practicar exijan necesariamente mayor tiempo, en cuyo caso, el juez fijará el que crea conveniente.

(ADICIONADO, P.O. 31 DE AGOSTO DE 1994)

Lo dispuesto en el párrafo que antecede se aplicará igualmente a los oficios de colaboración y las requisitorias o despachos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 52 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche?

Los exhortos que se reciban, se proveerán dentro de las veinticuatro horas siguientes a su recepción, y se despacharán dentro de tres días, a no ser que las diligencias que se hayan de practicar exijan necesariamente…

¿Está vigente el artículo 52?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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