Código de Proc. Penales estatal

Artículo 165 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX

Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

No ejercicio de la acción Cuando antes de formulada la imputación, el ministerio público cuente con los antecedentes suficientes que le permitan concluir que en el caso concreto se actualiza alguno de los supuestos de sobreseimiento decretará, mediante resolución fundada y motivada, el no ejercicio de la acción penal.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 165 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 165 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX?

No ejercicio de la acción Cuando antes de formulada la imputación, el ministerio público cuente con los antecedentes suficientes que le permitan concluir que en el caso concreto se actualiza alguno de los supuestos de…

¿Está vigente el artículo 165?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.