Artículo 94 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Renuncia o abreviación Las partes en cuyo favor se haya establecido un plazo, podrán renunciar a él o consentir en su abreviación mediante manifestación expresa. En caso de plazo común deben expresar su voluntad todas las partes a las que le es oponible.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.