Artículo 147 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 147. Defensor común.
La defensa de varios imputados en un mismo proceso por un defensor común será admisible, siempre que no exista incompatibilidad. No obstante, si ésta se advierte, será corregida de oficio y se proveerá lo necesario para reemplazar al defensor.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.