Artículo 360 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 360. Orden de recepción de las pruebas en la audiencia de juicio oral.
Cada parte determinará, el orden en que rendirá su prueba, correspondiendo recibir primero la ofrecida por el Ministerio Público y el acusador coadyuvante, y luego la ofrecida por el imputado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.