Artículo 426 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 426. Trámite.
En la tramitación del recurso de casación se seguirá el procedimiento previsto para la apelación, salvo disposición en contrario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.