Artículo 56 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 56. Notificación por edictos.
Cuando se ignore el lugar donde se encuentra la persona que deba ser notificada, la resolución se le hará saber por edicto que se publicará en el diario de mayor circulación estatal, sin perjuicio de emplear otros medios de comunicación masiva en la región, o de adoptar otras medidas convenientes para localizarlo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.