Artículo 96 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 96. Extensión jurisdiccional.
Los Tribunales penales están facultados para examinar las cuestiones civiles y administrativas que se presenten con motivo del conocimiento de los hechos investigados, cuando ellas aparezcan tan íntimamente ligadas al hecho punible que sea racionalmente imposible su separación, y para decidir sobre ellos con el único efecto de determinar si el imputado ha incurrido en delito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.