Artículo 189 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Levantamiento del embargo.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 7 DE MAYO DE 2011)
El embargo provisional será levantado en los siguientes casos:
I. Si la persona en contra de la cual se decretó garantiza o realiza el pago de la reparación del daño y perjuicio;
II.- Si fue decretado antes de que se formule la imputación y el Ministerio Público no la formula, solicita la orden de aprehensión o solicita fecha de audiencia para formular imputación, en el término que señala este Código;
III.- Si se declara fundada la solicitud de cancelación de embargo planteada por la persona en contra de la cual se decretó o de un tercero; y IV.- Si se dicta sentencia absolutoria, se decreta el sobreseimiento o se absuelve de la reparación del daño a la persona en contra de la cual se decretó.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.