Artículo 287 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cierre de la investigación.
Practicadas las diligencias necesarias para la investigación del hecho punible y de sus autores o partícipes, el Ministerio Público la declarará cerrada, y dentro de los diez días siguientes podrá:
I. Formular la acusación;
II. Solicitar el sobreseimiento de la causa; o III. Solicitar la suspensión del proceso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.