Código de Proc. Penales estatal

Artículo 30 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila

Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Resguardos.

Cuando se pretenda utilizar registros de video o audio en el juicio, se deberá preservar el original en condiciones que aseguren su inalterabilidad hasta el debate, sin perjuicio de la obtención de copias que podrán utilizarse para otros fines del proceso.

Las formalidades de los actos deberán constar en el mismo registro y, en caso de no ser posible, en un acta complementaria.

SECCIÓN 2 ACTAS

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 30 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 30 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila?

Resguardos. Cuando se pretenda utilizar registros de video o audio en el juicio, se deberá preservar el original en condiciones que aseguren su inalterabilidad hasta el debate, sin perjuicio de la obtención de copias…

¿Está vigente el artículo 30?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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