Artículo 342 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Protección a las víctimas, ofendidos, testigos y demás sujetos procesales.
Antes, durante o concluido el proceso, el Ministerio Público garantizará la adopción de medidas especiales destinadas a proteger la seguridad de víctimas, ofendidos, testigos y demás sujetos procesales. Dichas medidas durarán el tiempo razonable que se dispusiere y podrán ser renovadas cuantas veces fuere necesario.
El Juez de Garantía, Tribunal de Juicio Oral o Juez de Ejecución, según corresponda, vigilarán el cumplimiento de esta obligación, acorde a la normatividad que para ello expida la Fiscalía General del Estado, misma que será enviada oportunamente al Poder Judicial.
(ADICIONADO, P.O. 30 DE ENERO DE 2010)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.