Código Penal estatal

Artículo 271 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán

Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 271.- Generales de los testigos.- Después de tomarle al testigo la protesta de decir verdad, se le preguntará su nombre, apellidos paterno y materno, edad, lugar de origen, domicilio, estado civil, profesión u ocupación; si se halla ligado con el inculpado o el ofendido por vínculos de parentesco, amistad o cualesquiera otros y si tiene algún motivo de odio o rencor contra alguno de ellos.

Al asentar en el acta los datos que proporcione el testigo, no se emplearán abreviaturas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 271 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán?

Generales de los testigos.- Después de tomarle al testigo la protesta de decir verdad, se le preguntará su nombre, apellidos paterno y materno, edad, lugar de origen, domicilio, estado civil, profesión u ocupación; si…

¿Está vigente el artículo 271?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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