Artículo 425 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 425.- Normas aplicables.- En los procesos de la competencia de los juzgados municipales, son aplicables, en lo conducente, las disposiciones de este Código, siempre que no se opongan a lo establecido en el presente título.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.