Artículo 519 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 519.- Libertad bajo protesta en la segunda instancia.- El inculpado será puesto en libertad si concurren los requisitos mencionados en las fracciones I y II del artículo 516, cuando haya cumplido la pena impuesta en la sentencia de primera instancia, estando pendiente el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público.
La libertad puede decretarse de oficio o a petición de parte, sin tramitar incidente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.