Código de Proc. Penales estatal

Artículo 141 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán

Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Uso de la fuerza pública.- Si la autoridad que vaya a practicar el cateo encuentra el lugar cerrado y sus propietarios, poseedores o encargados se niegan a abrirlo, hará uso de la fuerza pública para introducirse, así como para abrir los muebles dentro de los cuales se presuma que pueda estar la persona u objeto que se busque.

Si es la autoridad judicial la que practica el cateo, la fuerza pública estará a sus órdenes y bajo su responsabilidad.

CAPITULO X AUDIENCIAS

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 141 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán?

Uso de la fuerza pública.- Si la autoridad que vaya a practicar el cateo encuentra el lugar cerrado y sus propietarios, poseedores o encargados se niegan a abrirlo, hará uso de la fuerza pública para introducirse, así…

¿Está vigente el artículo 141?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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