Artículo 169 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Negativa a recibir la notificación.- Si el que deba ser notificado se niega a recibir al funcionario encargado de hacer la notificación, o las personas que residan en el domicilio se rehusan a recibir la cédula, o no se encuentra nadie en el lugar, aquélla se fijará en la puerta de entrada, y el motivo se hará constar en autos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.